• Garantizar el cumplimiento de todas las medidas de prevención establecidas en los
apartados 2.2. y 2.3 del presente protocolo, especialmente: uso obligatorio de cubreboca, adecuada higiene de manos y superficies, ventilación de ambientes, distanciamiento social por el personal, residentes, proveedores y familiares.
• Garantizar la disponibilidad y utilización de los elementos de protección personal (EPP) según normativas del Ministerio de Salud Pública y la capacitación sobre medidas de bioseguridad a los integrantes del Equipo de Salud y personal.
• Garantizar insumos básicos como cubrebocas, jabón, pañuelos descartables, alcohol
en gel y bolsas para eliminación de residuos patógenos a los residentes y el personal.
Los productos de limpieza deben ser los validados según normativas vigentes.
• Asegurarse que los baños cuenten con jabón líquido y toallas de papel para lavarse las
manos.
• Asegurar la limpieza periódica (según indicaciones del fabricante) de los filtros de los
equipos de aire acondicionado y calefacción.
• Garantizar la atención de todo residente con fiebre o síntomas respiratorios evaluándola necesidad, según cada caso, de descartar COVID-19.
• Designar a una persona responsable, para que en el caso de producirse contagios en
la Residencia, que lleve un registro de los casos y se encargue de la comunicación con
Salud Pública.
• Dar licencia al personal con síntomas respiratorios o fiebre, siguiendo los
procedimientos establecidos por la institución.
Palabras Claves: Licencias, Limpieza, Elementos de Protección, higuiene en hogar de ancianos, alcohol en residencias, alcohol en hogar de ancianos, empleado de hogar de anciano, empleado geriatrico.