Los establecimientos comerciales deberán dar cumplimiento a todas las medidas de prevención y las recomendaciones generales sobre distanciamiento social detalladas el punto 2.2.1del presente protocolo.
Además, los locales comerciales mayoristas y minoristas en general deberán respetar una ocupación máxima equivalente a 1 persona cada 4 m2 del total de superficie destinada a la atención al público, nunca superando el 40% del factor de ocupación del establecimiento.